martes, 24 de abril de 2018

LA GESTIÓN AMBIENTAL URBANA

Desde hace cerca de un cuarto de siglo en Colombia se viene implementando el régimen de la democracia participativa, que significa la conveniencia y necesidad de que las organizaciones sociales intervengan en los procesos de planificación, ejecución y control de todas las políticas públicas formuladas para solucionar los problemas y necesidades de la comunidad, en la búsqueda del mejoramiento de las condiciones de vida, donde los asuntos ambientales urbanos ocupan puesto preponderante por el significado que tiene el ambiente para la vida humana.

En ejecución de los mandatos constitucionales y legales, el gobierno municipal de Cali expidió el Decreto 0566 de 2016, para reorganizar el Sistema de Gestión Ambiental Comunitario (SIGAC), que había sido creado desde 2003, donde se establecen organismos de participación tanto a nivel municipal, en los niveles de comuna y barrio, estableciendo así los escenarios para que los actores sociales intervenga en la solución de los problemas ambientales de Cali, que por cierto, son bastante preocupantes, como se puede ver cuando caen los fuertes aguaceros. En dicho acto se determinó la composición de los órganos de participación y se establecieron las competencias y responsabilidades.

Pero la gestión pública va mucho más allá de la simple expedición de normas jurídicas. Estas constituyen el obligatorio piso legal, pero se requiere los mecanismos dinamizadores de los procesos de gestión propiamente dichos, que por razones técnicas y normativas se deben efectuar a través de proyectos, en este caso, de proyectos ambientales.

Por supuesto, para los propósitos del SIGAC, no basta con que se definan los miembros de los organismos de participación, sino que es necesario dotarlos de los instrumentos adecuados para el ejercicio de sus funciones y competencias, para facilitar así el avance hacia el logro de los objetivos. Uno de estos instrumentos es, obviamente, la capacitación y fortalecimiento técnico para que la co-gestión con responsabilidad compartida entre las entidades del Estado y los órganos de la sociedad civil, sea oportuna, pertinente e idónea y así, de verdad, se vean los resultados de la democracia participativa.

Los miembros del CACM, de las CAC en las comunas y las CAT en los barrios, deben ser capacitados debidamente en técnicas y metodologías sobre los diferentes temas inherentes a sus funciones, donde la formulación y la gestión de proyectos ambientales ocupan puesto de especial importancia para lograr los fines de la gestión ambiental urbana.

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