miércoles, 5 de julio de 2017

DUDAS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DEL ACUERDO DE PAZ

Con la celebración del Acuerdo de Paz surgió la expectativa de cambio como producto de las oportunidades que al cumplimiento del mismo, se podrían generar principalmente en el campo colombiano, por los compromisos adquiridos por el gobierno que, según el texto, podrían ser la posibilidad de que se adoptara por primera vez, una política agraria pertinente y consecuente con los requerimientos del agro nacional, con lo cual se realizaría un gran aporte a la revitalización de aparato productivo que la globalización está a punto de destruir.

Pero con la expedición del Decreto 893 del 28 de mayo de 2017 comienzan a surgir las dudas sobre las bondades del acuerdo y los alcance que podría brindar para introducir los cambios profundos que tanto se necesitan en la realidad colombiana. Los programas de desarrollo rural con enfoque territorial, siguen siendo una esperanza para mejorar las condiciones de vida de las comunidades rurales y para fortalecer la economía nacional. Se sustituye el viejo enfoque sectorial por uno territorial donde con sentido holístico e integral, se privilegia el ser humano y con ello todos los procesos de abajo hacia arriba que pueden facilitar la democratización de la propiedad y el ejercicio político de participación eficaz.

No se podría en un artículo periodístico realizar un análisis detallado a cada uno de los textos de la norma; pero algunos aspectos generales de su lectura generan interrogantes sobre el método utilizado en la elaboración, que crean dudas sobre sus alcances y, sobre todo, sobre la aplicación de espíritu de lo acordado en La Habana.

El artículo primero dice que el PDET se formulará por una sola vez con una vigencia de diez años. De dónde salieron esos parámetros? Por qué una sola vez y por qué ese horizonte? Si el acuerdo dice que es de abajo hacia arriba, donde está la participación para definir la vigencia del programa, más aún que cuando se aplica el método estratégico de planificación, como debe ser, no es procedente fijar plazos rígidos y peor todavía, que se hará una revisión a los cinco años y no cuando el análisis situacional lo exija.

Deja en las manos de la Agencia de Renovación del Territorio (ART) la tarea de coordinar la formulación que, como ya se sabe, será la imposición del centralismo bogotano que, como siempre ocurre, se desplazará a los territorios a “socializar” las decisiones que han tomado en el nivel central. Dice que serán 16 planes y define, no se sabe con qué criterio, las zonas objeto de la planificación-gestión, sin tener en cuenta los aspectos del ordenamiento territorial que el mismo acuerdo contempla. Claro, el alcance de estos programas depende de que las mismas comunidades locales se fortalezcan y empoderen para una debida aplicación del Artículo 5 del decreto sobre la participación y se puedan realizar procesos diferentes a lo que ha sido la gestión pública tradicional en Colombia, lo cual depende de las dinámicas locales y no de las acciones del nivel central, para que se despejen de manera apropiada, las dudas sobre el cumplimiento del acuerdo de paz. 

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