miércoles, 9 de octubre de 2013

LA REVISIÓN DE LOS POT

Según la legislación vigente, todos los alcaldes al iniciar su período de gobierno debe realizar la revisión del POT con el fin de introducir las modificaciones necesarias ya sean de corto, mediano o largo plazo, lo cual no sólo obedece al cumplimiento de las normas sino a la lógica de la planificación que obliga las articulaciones necesarias con el mal llamado plan de desarrollo que trata la Ley 152 de 1994.

En primera “cochada” de POT que se realizó desde hace quince años y hasta hace una década cuando todavía se cocinaban planes, hubo un fracaso total. Es fácilmente demostrable que no existe ni un solo municipio que pueda decir que su POT fue un éxito, lo cual es absolutamente normal. Colombia tenía que pagar el costo del aprendizaje por cuanto nadie nace sabiendo y la introducción de cambios profundos en el Estado requería quemar esta etapa por lo cual no debemos alarmarnos. Fueron muchos, más de una docena de motivos, que condujeron a que este mecanismo administrativo impuesto y presionado por los organismos multilaterales, no permitiera lograr la finalidad y colmar las expectativas establecidas en su calidad de instrumento gerencial para regir el ordenamiento territorial. Casi todos fueron formulados en abstracto aunque las normas legales eran claras sobre el método necesario para realizar el ordenamiento territorial en concreto, siempre y cuando los alcaldes lo hubieran realizado convencidos de sus bondades y no, como sucedió, por obligación impuesta desde Bogotá.

Hasta ahí no es grave. El país con ese fracaso pagó el costo del aprendizaje. Lo grave es que ahora, cuando se está procesando la segunda “cochada” de POTs, nuevamente se observa que se están cometiendo los mismos errores de la primera. Lo normal sería que si hubo errores la primera vez, que estos sirvan de enseñanza para no volverlos a cometer. De los términos colgados en las páginas web de varios municipios para seleccionar el contratista, se infiere la reiteración de los errores. Entre varios aspectos, entre los que se ve por fuera y sin conocer los detalles y factores internos, se deduce que le dan más importancia al cumplimiento de requisitos contractuales del proponente que a la sabiduría y al conocimiento que tenga sobre el tema de ordenamiento territorial; en el método se  evidencia más importancia a la aplicación mecánica de las normas, que a la respuesta estratégica que garantice el pragmatismo en la formulación; ante los vacíos que deja la legislación vigente sobre planificación y que conduce a errores metodológicos, no se establecen medidas para llenar el hueco. Son sólo algunos ejemplos que caben en una opinión periodística, porque si entráramos en minucias técnicas, la situación daría para más comentarios acerca de la repetición de los factores de fracaso que se están presentando en la revisión de los POT. 

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