miércoles, 20 de mayo de 2015

EL MÉTODO DE LA LEY SALPICÓN

En la literatura sobre teoría de la planificación, a la que Carlos Matus hizo los más importantes aportes, se aprecia la existencia de tres métodos básicos para planificar dentro de los cuales se permite aplicar diversas metodologías y técnicas, pero en todos los casos, de manera simple se coincide en que planificar es definir objetivos y determinar la manera de lograrlos. No obstante, según se deduce de los informes de la prensa bogotana acerca del plan de desarrollo del segundo gobierno Santos, el Congreso de la República, como órgano encargado de la aprobación, se dedicó a todo menos a aplicar los conceptos sobre planificación y el plan se redujo a un articulado de una ley a la que le metieron de todo como en botica.

En concordancia con los conceptos asociados a la planificación, el Capítulo II de la Ley 152 de 1994 reglamenta los aspectos del plan, que si bien es cierto no es un plan de desarrollo sino un plan de gobierno, dice en el Artículo 5º que este debe contener objetivos, metas, estrategias, políticas e instrumentos, los cuales deben someterse a los principios consagrados en al Artículo 3º de la misma ley. Pero lo que se deduce de la prensa es que el Congreso lo menos que miró fue este contenido y se dedicó a tramitar una ley que parece más una colcha de retazos que un instrumentos para crearle piso jurídico al plan. En lugar de ser la ley por medio de la cual se aprueba el plan, se convirtió en el plan mismo y el documento con todos los formalismos de la formulación se convirtió en “bases del plan”.

Pero lo grave desde el punto de vista técnico no es en sí esa distorsión, sino el trato que se le dio a la ley. Todo el que pudo aprovechó para meterle micos y degenerar la técnica de planificación que quedó reducida a un conjunto de normas sobre un cúmulo de materias, seguramente muy importantes, pero que no se acomodan a la coherencia que debe tener un plan la cual se logra mediante el marco lógico entre situaciones, causas, objetivos, estrategias e instrumentos, donde una norma legal cabe, siempre que sea necesaria como instrumento para ejecutar una estrategia. O sea que Bettelheim, Ander-Egg, Maseé, Lira, Martínez, Matus, entre muchos otros, perdieron su tiempo.

Lo malo es el mal ejemplo que dan al resto del país. Habrá que pensar en qué les dirán los profesores de esta materia a sus estudiantes en las universidades para confrontar sus enseñanzas teóricas con la realidad, si desde la Nación se atropellan las técnicas creadas en la academia y lo más grave, el próximo año que viene la avalancha de planes territoriales, que con ese antecedente, quedarán reducidos a un conjunto de articulados de ordenanzas y acuerdos dejando a un lado las técnicas recomendadas sobre planificación, o sea atropellando los métodos normativo, estratégico y prospectivo, todo por el ejemplo de la Nación donde predominó el método de la ley salpicón. 

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