Cuando se estableció por la vía constitucional,
hace ya más de un cuarto de siglo, la elección popular de los alcaldes, se nos
vendió el cuento con el argumento de que esa norma era para fortalecer la
Democracia Participativa, introducir la descentralización administrativa y
acercar más el Estado a la ciudadanía.
Hoy, después que han transcurrido varios períodos
de gobierno y sendas elecciones, podemos hacer un balance y sacar conclusiones,
las cuales no son justamente, concordantes con los argumentos expuestos en
1987. Los hechos muestran que en centenares de municipios, en lugar de
fortalecerse la democracia participativa, lo que se ha fortalecido son ciertas
mafias locales que ponen el alcalde. Algunos grupos ilegales y otros legales
pero que utilizan procedimientos mafiosos para lograr sus fines, usando el
poder económico y el movimiento de altas sumas de dinero para el efecto, en
concordancia con las características del régimen político colombiano donde los
gobernantes no se eligen sino que se compran gracias a nuestra cultura política
que es como para enmarcar, determinan quien debe ocupar el cargo de la primera
autoridad administrativa municipal.
Ahora le ha surgido otro oprobio a la democracia
participativa por cuenta de un funcionario al que le han entregado, nada más ni
nada menos, que la rectoría del Ministerio Público y quien está caracterizando
su gestión con el uso indebido del poder, el cual ejerce basado en sus pasiones
personales, con sentido subjetivo y tendencioso, como se puede ver en el caso
de la destitución del Alcalde Mayor de Bogotá.
No se entiende la organización del Estado
colombiano, que en el papel dice una cosa y en los hechos se observan otras
diferentes. No solamente por lo comentado ampliamente sobre las facultades de
un funcionario, designado mediante procedimientos clientelistas, para destituir
a otro elegido por el elector primario, sino también por el hecho de tomar
decisiones basadas en argumentos técnicos y no en argumentos legales. ¿Quién le
dijo al Procurador que él tiene facultades para juzgar un modelo de gestión
pública? ¿Acaso el código único disciplinario establece normas para afirmar
cuáles son los modelos de gerencia pública buenos y malos? Si los argumentos de
forma que utilizó el Procurador son válidos por la basura regada en las calles
durante dos días, entonces hay que destituir por lo menos a medio millar de
alcaldes.
Pero
lo más grave es que está en juego la esencia del Estado; si a un funcionario se
le sanciona porque trata de rescatar lo público para su nicho natural, entonces
qué va a pasar con lo público? Independientemente de la calidad de la gestión
de Petro, lo que se debe considerar es el trasfondo, porque el servicio del
Estado no puede estar a merced de la politiquería y el apasionamiento de
funcionarios como Ordóñez, quien con sus actos está incrementado el número de
las afrentas contra la Democracia Participativa.
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