miércoles, 6 de noviembre de 2013

LA TRANSPARENCIA DE LO PUBLICO

El hijo de Iragorri, al mejor estilo de la oligarquía bogotana a la cual él ya pertenece, responde con ataques personales cuando se le critica su accionar en el cumplimiento de las funciones del cargo que ocupa, argumentando la defensa de un supuesto prestigio que él dice tener pero que falta comprobar, al igual que el de los demás hijos de políticos que hoy administran el Estado colombiano de manera nefasta. Los actos y las decisiones de todos los servidores del Estado, independientemente de quién sea su papá o del cargo que ocupan, deben estar expuestos a los ojos de la opinión pública de modo que la conducta y los compromisos que realice, si están dentro de la órbita de sus funciones y competencias, pueden contener lo que quiera, que al final el compromiso es del Estado y no personal, pero como se trata de asuntos públicos, es su deber darlos a conocer al conjunto total de los actores sociales, lo que el hijo del citado político no hizo. Atacó a su crítico pero no informó sobre el contenido de sus actos y decisiones para poder verificar públicamente quién dice la verdad.

Esto de la exposición pública de los compromisos celebrados es importante porque en los últimos treinta años ya ha ocurrido varias veces: llega el ministro, antes de gobierno y ahora del interior, firma compromisos para que quiten los bloqueos de las carreteras, luego incumplen lo prometido y vuelve el bloqueo, siendo los habitantes de Popayán, quienes afrontan las consecuencias de la irresponsabilidad del alto funcionario. Por eso hoy nos preguntamos: lo que comprometió el hijo de Iragorri fue consultado con el hijo de Cárdenas, que es quien maneja el dinero, y con la hija de Orozco que es quien introduce en el presupuesto de inversión los conceptos de gasto??


Porque los compromisos de gasto público pueden ser hechos por cualquiera de los hijos de político que gobiernan este país, pero siempre deben someterse a las leyes vigentes. Puede ser muy alto el cargo del funcionario, pero debe acatar las leyes preestablecidas como en cualquier Estado de Derecho. Para poder cumplir en concreto el compromiso adquirido con las comunidades, se deben aplicar rigurosamente las leyes 38 de 1989, 179 de 1994 y 225 de 1995, compiladas en el Decreto 111 de 1996, comenzando por la formulación de los proyectos en formato MGA y su correspondiente viabilización y registro en el BPIN. Caso contrario, lo firmado será como un saludo a la bandera y más adelante vendrán nuevos bloqueos por culpa del incumplimiento del gobierno nacional. Además, antes de aplicar las normas legales que rigen el gasto público, existe un requisito ético que también se debe cumplir y que se inscribe dentro de la obligación en todo acto administrativo, de adoptar la transparencia de lo público.

No hay comentarios:

Publicar un comentario