miércoles, 21 de marzo de 2012

LA NOVEDAD DE LOS PLANES DE DESARROLLO

Otra vez, como cada cuatro años, se vive el período de elaborar los planes de desarrollo territorial; pero esta vez, bajo condiciones diferentes que obligan a introducir elementos por fuera de la costumbre, tanto en su concepción como en el enfoque del plan.

Era común en el pasado ver a gobernantes territoriales formulando el plan de gobierno, que la Ley 152 del 94 llama equivocadamente “plan de desarrollo”, por cumplir el requisito legal y sin la connotación que el instrumento tiene como carta de navegación del período para el que fueron elegidos. Pero este año las cosas cambian porque por primera vez, los consejos de gobierno se encuentran con el modelo de Estado Gerencial completamente armado, lo que obliga a otorgar otra concepción al plan.

Si bien desde 1991 por la vía constitucional en el país se introdujo este tipo de Estado, fue hasta marzo de 2010 cuando ya se completó el conjunto de instrumentos para hacerlo realidad. La mayoría de leyes se expidieron entre el 93 y el 94 como fueron la 87 y 872 de 1993; luego en el 98 la ley 489 y en el 2004 la ley 909. Pero los decretos reglamentarios y los instrumentos con los cuales estas normas se podrían hacer realidad, fueron bastante posteriores como los decretos 1537 de 2001, 3286 de 2004, 1599 de 2005, 3622 de 2005, 4665 de 2007 y el 4485 de 2009, para completar el paquete con el documento Conpes 3649 en el 2010. Con esto, ya está el Estado Gerencial ensamblado y son los actuales gobiernos territoriales los primeros en ejercer su cargo bajo estas condiciones.

Ahora los planes de la ley 152 deben ser de carácter gerencial, donde lo primero es evitar los mamotréticos documentos rellenos de texto narrativo que algunos autores acostumbran, como si la calidad del trabajo dependiera del volumen, sin considerar la utilidad práctica. El enfoque gerencial significa que el plan es un medio para tomar decisiones por cuanto “gerencia es el arte de hacer que las cosas se hagan” y sin decisiones no se pueden hacer; por lo cual, los indicadores deben corresponder a este patrón de modo que los medidores fundamentales son los indicadores de eficiencia y eficacia. Los indicadores de impacto se acomodan a los propósitos del plan que se derivan de los efectos de los problemas del árbol del marco lógico, por lo tanto esa carga no le cae en los hombros de los alcaldes y por ello tampoco sirven para medir su calidad como gerente público.

Y así sucesivamente: este plan debe ser diferente a los anteriores, por lo que los equipo de gobierno que por lo general no le ponen interés sino que dejan solo al secretario de planeación, deben ser más conscientes de la situación para que comprendan la novedad de los planes de desarrollo.

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